Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100064
Legislatura: 1882-1883
Sesión: 21 de abril de 1883
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 81, 1732
Tema: Contestando al discurso del Sr. Marqués de Orovio en contra del artículo 2º en el debate sobre indemnización a los súbditos franceses perjudicados en las insurrecciones carlista y cantonal.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene V. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): El Sr. Marqués de Orovio tiene una duda como resultado de las palabras que yo acabo de pronunciar en contestación al Sr. Marqués de Villamejor. Dice S. S.: si se pagan esos créditos, ¿de dónde sale el dinero?

Voy a contestarle, que S. S. debe saberlo mejor que yo, porque ha sido Ministro de Hacienda, y en los presupuestos he visto créditos para pagar las indemnizaciones. (El Sr. Marqués de Orovio pide la palabra.) Pues de ahí salen. Una vez reconocida la deuda, una vez demostrado el derecho y una vez reconocido el crédito, pasa a ejercicios cerrados, si no hay cantidad en el presupuesto corriente para solventar ese pago.

Eso es lo que se hace, hasta el punto de que en el presupuesto del año anterior había una partida para esas indemnizaciones, que ha desaparecido en el presente para irla repartiendo en diversos años y poder de esa manera no recargar demasiado el presupuesto de un año. Por eso el Gobierno ha acordado que, una vez reconocidos los créditos, se haga una suma de ellos, y esa suma se reparta en dos o tres presupuestos, a fin de no hacer el pago en uno solo. Esto es ni más ni menos lo que sucede. Por lo demás, el Sr. Marqués de Orovio sabe que se van resolviendo expedientes de indemnizaciones tan lentamente como exige ese trabajo, que es lento de suyo, que es costoso, porque se necesita, para que el Estado haga esos sacrificios, que se demuestre el derecho estricto que asiste a cada uno de los ciudadanos que reclaman, cuando su reclamación es de esta índole. Pero una vez reconocido el crédito, si no está en el presupuesto para ser abonado, se incluye en ejercicios cerrados y se consigna la cantidad en el presupuesto del año siguiente.

Así es como el Gobierno piensa pagar las indemnizaciones a que haya derecho, y así es como las han pagado los Gobiernos anteriores, entre ellos algunos del partido a que S. S. pertenece. Los mismos medios, pues, que han empleado los Gobiernos a que S. S. ha pertenecido, son los que ha de emplear el Gobierno del partido hoy dominante. Por no hay otros, y estos son además los más legítimos. No se puede hacer pago alguno sin que conste en presupuesto.

Me parece que estas explicaciones satisfarán al señor Marqués de Orovio, y que le quitarán la idea, y sobre todo la duda que ha manifestado diciendo: ?pues si se pagan las indemnizaciones, ¿de dónde se pagan?? Ojalá hubiera medio para pagarlas sin que constaran en los presupuestos y no se supiera de dónde se sacaba. Lo malo es que ni este Gobierno ni ningún otro puede pagar nada sin que se saque del sudor de los contribuyentes, sudor que va a las partidas del presupuesto, y a esas partidas hay que acudir para pagar esta y todas las atenciones. [1732]



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